La AFIP embargó a la Cooperativa Eléctrica
Cada tanto surgen estos documentos que circulan por los medios de la ciudad y sorprenden porque surgen de entes que están fuera de la Cooperativa Eléctrica, pero denuncian las deudas que debe afrontar la cooperativa porque no pagó obligaciones con el fisco nacional y denuncian la verdadera situación económica financiera de la entidad geselina.
En esta oportunidad el documento delata un Juicio de Ejecución Fiscal – art. 92 de la ley 11683. El documento judicial describe un articulado que es un mandato de ejecución fiscal promovido por la Administración Federal de Ingreso Públicos (Afip) contra la Cooperativa Eléctrica de Villa Gesell en el Juzgado Federal de Dolores por deudas de recursos de la Seguridad Social.
En el artículo 2° el juzgado interviniente emitió una “ejecución fiscal” contra la Cooperativa Eléctrica por la suma de $11.170.793,59, mas 15% del mismo que representa intereses y costas, que se fijan provisoriamente, conforme al artículo 92° de la Ley 11683 y sus modificatorias.
En el 3° el juzgado nombra a oficiales de justicia Ad Hoc y a personas autorizadas para intervenir en el diligenciamiento de requerimientos de pago, embargo, secuestro y notificaciones que se requieran para el cumplimiento de la normativa aplicable al caso.
Para tener una lectura más cercana a la realidad esto se enmarca en las deudas que acosan a la entidad cooperativista. Hay deudas de vieja data que no se regularizan o las patean para adelante. Se desconoce el motivo real de no pagar deudas abultadas que crecen proporcionalmente por los intereses de mora, mientras los acreedores continúan impulsando en los estrados judiciales demandas de ejecución para poder cobrar la deuda.
En el articulo 4 el Juzgado autorizó al Representante del Fisco a librar bajo su firma el correspondiente “Mandamiento de Intimación de pago” por suma mencionada en concepto de capital más el 15% en concepto de intereses y costas. “quedando el demandado citado para oponer, en plazo de 5 días de notificado, las excepciones previstas en el segundo párrafo del artículo 92 de la ley 11683”.
En otro documento posterior fechado en este mismo mes de agosto del presente año detalla el fallo de la demanda judicial y dice:
“Llevar adelante la ejecución hasta hacerse integro el pago de a la AFIP por parte de la Cooperativa Eléctrica de Villa Gesell, la suma de $11.634.367,21 sus intereses y costas.
En articulo II se decreta la inhibición de bienes de la ejecutada hasta cubrir la suma indicada, intereses y costas a cuyo fin líbrense oficios del Registro de la Propiedad del Inmueble de la Plata y al Registro Nacional del Automotor… “
Le demanda de la AFIP es reciente, es de este mes de agosto y no hubo intervención de la municipalidad. No obstante, a su tiempo el jefe comunal había advertido que la deuda de la Cooperativa no se circunscribía solamente a Cammessa, sino que había otros grandes acreedores como la Afip y otros organismos estatales.
Nunca fueron reconocidas por el vocero de Cevige ni por ningún integrante del Consejo de Administración de la cooperativa. Esta vez la Afip se cobró la deuda en un juicio rápido y concluyente, desnudó y sacó a la luz un nuevo secreto de la entidad de la todos los vecinos son dueños, pero la administran solo 11 personas.