Esto se puede vender en la playa

Se modificó la ordenanza de Venta Ambulante en Playa con el fin de actualizar su articulado, el valor del canon y la cantidad de permisos que se otorgaran
Luego del debate caliente del expediente D-15918/25 sobre la declaración de Interés Social del proceso de escrituración de viviendas del Barrio Las Praderas, se pasó a un cuarto Intermedio, con el cuerpo de concejales en comisión para analizar y sancionar los expedientes que faltaban.
Después de hora y media los ediles regresaron al recinto y el expediente en abrir el debate fue el D-15920/25, una prioridad ya que se trataba de la actualización de la ordenanza de venta ambulante en playa, ya que era de urgencia contar con esta norma para regular y ordenar este rubro complejo y muchas veces conflictivo.
El concejal Adrián Domínguez fue el encargado de entregar el despacho a la presidencia para su lectura en el recinto. Cabe mencionar que esta nueva ordenanza es la actualización de dos ordenanzas anteriores, la 3427 y 3520, ambas del año 2024 y tendrá vigencia hasta el 30 de abril de cada año.
El nuevo proyecto plantea que los organismos de control de la venta ambulante en la playa son la dirección de Inspección y la secretaria de Seguridad, crea un registro de vendedores. Lo novedoso de esta nueva medida es que la recaudación por el pago del canon se destinara a: 40% a la dirección de Inspección, otro 40% a Seguridad y el restante 20% se incorpora al presupuesto de Salud.
Las multas por irregularidades o faltas que sean detectadas se destinarán, también, al Presupuesto de Salud. Esto es nuevo y es un cambio muy interesante. Asimismo, se le solicita a la Jueza de Faltas que el 30/5/26 informe en detalle lo recaudado por multas.
Cada vendedor deberá portar un carnet que lo habilita, en forma visible y puede ser requerido por la autoridad de aplicación o control. No tener ese documento es pasible de una multa.
Los vendedores no podrán usar megáfonos o altavoces ni silbatos ni gritar para vender sus productos y mucho menos verse involucrados en grescas o actos de violencia. En casos graves o repitencia se retirará la credencial y pueden ser expulsados de la playa. No se permite ni la venta ni el consumo de alcohol y el horario de venta es desde la 9 a 21 horas, el área de venta es solamente la playa. Está prohibido vender en el ejido urbano. El valor del módulo actualmente y sin presupuesto/2026 es de $116.
Otro dato interesante es que las personas con Certificado Unico de Discapacidad (CUD) están exceptuadas del pago de canon (solo gastos administrativos), mientras que los residentes geselinos que acrediten 5 años de residencia y se inscriban antes del 30 de diciembre de 2025 tendrán un descuento del 70% en el canon.
Para inscribirse y más información sobre cupos, requisitos y valores, acercarse a la Oficina de Venta Ambulante en Playa en el Polo Cultural Sur (Av. 3 y Paseo 140) de lunes a viernes de 9 a 19.
Rubro Permisos Módulos
Helados 120 6500
Ensalada de fruta 105 5800
Gaseosa, aguas 145 6500
Churros – facturas 145 6500
Chipa, Torta seca, Alfajores
(elaborados en VG, envoltorio) 95 2800
Panchos 120 6500
Choclos 45 6500
Pochoclo, Garrapiñada. Barquillos
Pirulines, Cubanitos, Manzanas 65 5800
Barriletes y Juego de Playa 25 6500
Bijouterie y Accesorios artesanales 65 5200
Pareos, sombreros, gorros, remerones
Shorts, vestidos playeros 50 6500
Relojes 40 6500
Jugos y Licuados (de la 310 hacia
el sur y desde 152 hasta el faro) 30 5800
Agua caliente, Café y Té 30 3900
Trenzas y Peinados 10 6500
Tatuajes temporales 10 6500



