La justicia otorgó un falló decisivo contra Cevige
Después de tres años de batalla judicial y millones de pesos gastados en abogados externos, la Cooperativa Eléctrica tiene que aceptar a la Sra. Silvana Szmukler para ocupar un lugar en el Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica en representación de la municipalidad
El día 8 de noviembre de 2022 quedara señalado como el día en que la batalla legal entre la Cooperativa Eléctrica y la Municipalidad de Villa Gesell llegó a su fin y determinó que la Sra. Silvana Szmukler podrá acceder al Consejo de Administración de Cevige en representación del municipio.
El fallo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo derribo cientos de teorías y discursos de concejales de la oposición y dirigentes de Cevige que, durante años, sostuvieron una interpretación errónea o caprichosa de la legislación vigente en este servicio público.
Szmukler fue designada por el Decreto 3048/18 firmado por el jefe comunal el 16 de octubre de 2018 y desde esa fecha jamás pudo traspasar la puerta de ingreso de la cooperativa para ocupar el lugar para el que fue designada por el jefe comunal y que le correspondía por la Ley 11769 y sus modificatorias, que regulan el marco del sistema eléctrico de la Provincia de Bs. As y el art. 46 del Estatuto Interno de la propia cooperativa. Los intereses de los miembros del Consejo de Administración, dio lugar a libres interpretaciones para entorpecer el nombramiento de Szmukler.
La cooperativa apeló a contratar estudios jurídicos de renombre, y gastó millones en la batalla legal que inició y que finalizó con este resultado del Juzgado en lo Contencioso Administrativo.
En este largo y oneroso recorrido judicial Cevige y el municipio recorrieron la totalidad de los organismos provinciales y nacionales, de control del sistema eléctrico, organismos cooperativos de ambos estados, juzgados de primera instancia y hasta la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Bs.As. y más tarde la Corte Suprema de la Nación. Siempre obtuvo sentencias y resoluciones contrarias a su planteo de negar el ingreso de Szmukler al Consejo de Administración, pero insistió con presentaciones judiciales que, a pesar de pagar honorarios altísimos, lograba retrasar, por meses, resoluciones como la que se conoció el pasado 8 de noviembre de este año. La estrategia consistió en ganar tiempo. Este trance judicial se desarrolló en el medio de una situación económica- financiera caótica con embargos reiterados y deudas millonarias con la empresa Cammesa S.A. que le vende la energía que Cevige distribuye a los vecinos, la cobra, pero que no pagó a la generadora y acumuló una deuda millonaria casi incobrable. El salvataje surgió del estado nacional que propuso un plan para que la empresa pueda cobrar la deuda en 98 cuotas.
El último recurso judicial falló en contra
El 14 de junio de 2019 Cevige y sus abogados externos e internos recurrieron al Juzgado en lo Contencioso -Administrativo de Dolores para presentar su pretensión anulatoria del decreto 3048 y el 0137/19 que ratifica el anterior. La causa lleva el N° 17179 fue caratulada COOP ELECT CRED VIVIEND Y OTROS SERV PUBL DE VILLA GESELL LTDA. C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA GESELL S/ PRETENSION ANULATORIA – OTROS JUICIOS y tuvo resolución este martes 8/11/2022.
El escrito comienza con este concepto: “Que en fecha 14 de junio de 2019 viene la accionante planteando su demanda mediante la que interpone una acción contencioso administrativa de anulación – ilegitimidad- contra el Decreto N° 3048 dictado por el Sr. Intendente Municipal el día 16 de octubre de 2018 y el Decreto N°0137 dictado el día ll de enero de 2019, solicitando que se dictamine la nulidad absoluta e insanable de los Decretos referenciados atento a la falsa o falta de los elementos esenciales para que el acto administrativo se repute regular”
Luego añade: “Que señalaba por entonces se habría agotado la vía administrativa ya que por medio del Decreto 0137 dictado por el Sr. Intendente Municipal se rechazó el Recurso de Revocatoria interpuesto contra el Decreto 3048 denunciando una lesión actual, que consistiría en la insistencia del Sr. Intendente Municipal de intervenir, por medio de su funcionaria, la Sra. Szmukler, el normal funcionamiento de la Comisión Directiva de la Cooperativa Eléctrica de Crédito y Vivienda de Villa Gesell, siendo la nombrada persona no idónea para ejercer el cargo encomendado y con una enemistad manifiesta contra los miembros de la Comisión Directiva”. Este es el contexto de la pretensión aludida y que fue rechazada tres años después.
Cevige cuestionó desde el principio el poder concedente de la municipalidad y alegó que este poder no recaía en el intendente, sino en el Concejo Deliberante, que se animó a anular el decreto 3048 del intendente y nombrar a otra persona como consejero por el Decreto 2030/ 2019, o el organismo de control OCEBA o la autoridad de aplicación del ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia.
El decreto 2030/19 obligo al intendente Barrera a plantear un conflicto de Poderes contra el Concejo Deliberante que resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Provincia el 18/8/ 2019 con una sentencia a favor del jefe comunal. La cooperativa no respeto el fallo del máximo tribunal y expuso que el conflicto de poderes no la tocaba porque involucraba al municipio y el Concejo Deliberante y recurrió a la Corte Suprema de la Nación a través de un Recurso Extraordinario Federal que fue denegado por lo que la aludida sentencia de la Suprema Corte provincial se encuentra firme.
Asimismo, la sentencia de la Corte provincial determinó que el municipio es el poder concedente y demolió los argumentos de los concejales de la oposición, principalmente del ex – concejal Luis Baldo, un defensor encomiable de Cevige y aceptó que el intendente debe designar su representante.
“Ello importa, de un lado, que aun cuando esta entidad (Cevige) no haya sido parte en este proceso, deberá atenerse a lo aquí resuelto en punto a la validez de la designación de la señora Silvana Edith Szmukler como miembro titular de su Consejo de Administración en representación de la Municipalidad de Villa Gesell, tal como lo dispuso el titular del Departamento Ejecutivo. De otro lado, habiéndose agotado la jurisdicción del Tribunal sobre la materia sometida a su conocimiento en este conflicto, en el supuesto de que la Cooperativa persista en su posición de no aceptar la designación en cuestión, deberá el Intendente Municipal procurar el cumplimiento de lo dispuesto en el decreto 3.048/18 por las vías que considere pertinentes”, se lee en el fallo recientemente conocido.
La insistencia de Cevige y el último fracaso judicial
No obstante, el pasado 24/10/2022 Cevige solicitó “se dicte medida cautelar a fin de que se ordene a la demandada que se abstenga de ejecutar la resolución instrumentada mediante el Decreto Nº 3048 dictado por el Sr. Intendente Municipal el día 16 de octubre de 2018 en cual designa a la Sra. Szmukler, Silvina Edith como representante Municipal Titular ante el Consejo de Administración de CEVIGE Ltda.
Ahora bien, ante la sentencia del máximo tribunal de justicia bonaerense y la confirmación de la Corte Suprema de la Nación que rechazó la queja por inadmisible y “ante la pretensión reiterada de la cooperativa sobre la ejecución del decreto 3048/18, pretende ir más allá de la finalidad del control en el marco del contrato de concesión en tanto ha manifestado que dicho control abarca a toda la documentación interna de la Cooperativa pertinente a su labor (Libros de Actas, Documentación contable, etc.), y brindarle toda la información que la Consejera requiera para el mejor desempeño de su función en igualdad de condiciones que los otros diez (10) Consejeros, cuestión que excedería a su entender largamente la interpretación de la propia SCBA acerca de la naturaleza y límites de dicho control”.
En otras palabras, ahora y ante lo inevitable, Cevige pretende limitar la tarea de la consejera municipal en cuanto al control de su documentación interna.
La Cevige perdió la batalla legal, se espera que cumpla con la manda judicial. El fallo del contencioso administrativo fue contundente y el consejo esperaba algo diferente. El comunicado de Cevige lo expresa así y asume la realidad. Pero con Cevige nunca se sabe ni se puede confiar.
Gacetilla de Cevige